Recupere los aportes a caja de compensación pagados por sus aprendices
Todos los períodos causados desde julio de 2025 bajo la Ley 2466 de 2025.
La Ley 2466 de 2025 convirtió el contrato de aprendizaje en contrato laboral especial y ordenó afiliar al aprendiz a salud, pensión y riesgos laborales. No incluyó la caja de compensación familiar. Pese a ello, desde julio de 2025 las empresas vienen liquidando el 4% por cada aprendiz en fase práctica, por efecto de su asimilación al cotizante «1 – Dependiente» en la PILA. Existe fundamento serio para reclamar la devolución de esas sumas.
Aporte del 4% a la caja
El núcleo de la reclamación. Todos los períodos liquidados por aprendices en fase práctica o formación dual desde julio de 2025.
SENA e ICBF liquidados
Con apoyo de sostenimiento inferior a 10 SMMLV opera la exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
Base superior a la legal
El IBC del aprendiz es de 1 SMLMV. Liquidar sobre una base mayor genera un excedente devolutivo en cada período.
No existe un trámite único ni una ventanilla central. La solicitud de devolución por pago de lo no debido debe presentarse ante cada caja de compensación familiar a la que estuvo afiliada la empresa durante los períodos reclamados, acompañada de la corrección de las planillas y de la liquidación mes a mes por cada aprendiz.
Envíe las planillas desde julio de 2025 y el listado de aprendices en fase práctica. Le entregamos el valor estimado y la relación de cajas ante las cuales debe reclamarse.